Este lunes, el Departamento de Servicios Financieros de Nueva York (NYDFS, «por sus siglas en inglés»), en un comunicado de prensa explicó que la Superintendente Adrienne A. Harris, publicó una guía con las directrices Regulatorias para proteger mejor a los clientes en el caso de insolvencia o procedimiento similar en ese estado de Estados Unidos.
De acuerdo con el comunicado: “La guía regulatoria reitera las expectativas de prácticas sólidas de custodia y divulgación y la importancia primordial de que el interés equitativo y benéfico en el activo permanezca siempre con el cliente”.
Read Superintendent Harris' quote here: “DFS’s virtual currency regulation has protected New Yorkers since 2015,” said Superintendent Harris. “Today’s guidance reminds DFS-regulated virtual currency companies of our expectations regarding the safekeeping of customer assets.”
— NYDFS (@NYDFS) January 23, 2023
Y es que en un tuit en la cuenta oficial del NYDFS, se señala que la superintendente Harris “publicó una guía reglamentaria para proteger mejor a los clientes en caso de insolvencia o procedimiento similar”.
La guía regulatoria publicada por Harris, señala que esta “regulación de moneda virtual del DFS ha protegido a los neoyorquinos desde 2015”, y agrega que “recuerda a las empresas de moneda virtual reguladas por DFS, nuestras expectativas con respecto a la custodia de los activos de los clientes”.
En otras palabras, el NYDFS, advierte a las empresas de criptomonedas reguladas en dicha jurisdicción, cómo manejar adecuadamente las monedas virtuales de sus clientes, los cuales deberían estar separados de los activos propios de las criptoempresas de custodia, como indica el punto de la “Segregación y la Contabilidad Separada para el Cliente de la Moneda Virtual” de la guía.
Con esta nueva guía el DFS exige que las monedas virtuales bajo el control de un custodio, sólo deben mantenerse con fines de custodia, y estas empresas “no establecerán por ello una relación deudor-acreedor con el cliente” cuando se transfiera la posesión de los activos digitales.
Y es que, la guía del NYDFS, es aplicable a todas aquellas entidades, que con una licencia emitida por ese departamento, sea la encargada de la custodia, de contener temporalmente, de guardar o mantener los activos de monedas virtuales en nombre de sus clientes.
Para las autoridades financieras neoyorquinas, estas empresas como administradores de activos y monedas virtuales de sus clientes, actuando como custodios de estos activos, deben tener procesos robustos, similares a los proveedores tradicionales de servicios financieros tradicionales.
Aunque, el capítulo 23 del NYDFS relativo a los Códigos, Normas y Reglamentos de Nueva York (NYCRR, «por sus siglas en inglés») cubre los requisitos de los servicios financieros de monedas virtuales, ahora la nueva guía requiere que dichas entidades, entre otras cosas, mantengan estos activos de una manera que se protejan los criptoactivos de los clientes.
Ello implica que estas empresas están obligados a proporcionar a sus clientes información de los términos y condiciones asociados con sus productos y servicios por escrito. Adicionalmente, estos servicios de custodia, deben informar cómo “segrega y contabiliza la moneda virtual mantenida en custodia, así como el interés de propiedad retenido del cliente en moneda virtual”.
En consecuencia, estos servicios de custodia deben abstenerse de brindar cualquier información falsa, equívoca o representaciones engañosas u omisiones en sus materiales de marketing, ya que las entidades que operan en virtud de la BitLicense de Nueva York y bajo la Carta de Propósito Limitado de Confianza, están sujetos a estos requisitos.
Para el DFS asegurarse que estas entidades que operan en su jurisdicción, cumplan con esto, supervisará y examinará, o cuando sea necesario, tomará acciones de cumplimiento contra aquellas empresas que incumplan estos términos, ya que esta guía describe de una forma más específica el tratamiento de las monedas virtuales en custodia.
Cómo se recordará, la BitLicense, es una licencia comercial que fue creada bajo un marco legal especializado en el estado de Nueva York que opera desde 2015. Dicha licencia es emitida por el DFS en nombre del estado, para aquellas empresas involucradas en actividades de activos digitales que presten sus servicios dentro del estado.
Esta licencia está limitada a las actividades que implican al estado de Nueva York o a sus residentes, por lo que para diseñar estas nuevas directrices en la regulación de las monedas virtuales, el DFS dijo que se llevó a cabo un “análisis robusto del panorama regulatorio existente” y examinó las tendencias del mercado.
Además el DFS aclaró que mantuvo conversaciones con los actores de la industria que operan en ese estado, así como también con otros reguladores estatales y federales para alcanzar un consenso sobre las necesidades de los clientes y usuarios de estas empresas.
La nueva guía ha llegado justo en un momento delicado para algunas empresas relacionadas con la custodia de criptoactivos, que operan en el estado de Nueva York, las cuales fueron afectadas notablemente por el criptoinvierno y la caída de la stablecoin TerraUSD (UST) en 2022.
Aunado a esto, la posterior quiebra de FTX junto a su empresa subsidiaria Alameda Research, que operaba supuestamente como un fondo de cobertura y también la declaración de quiebra de tres de las empresas de Genesis, a última hora del pasado jueves en un tribunal federal de Manhattan, crearon las condiciones para la llegada de una nueva regulación.
Ante esta situación en algunas empresas de la criptoindustria, el DFS tomó la decisión de publicar esta nueva guía para obligar a los prestadores de servicios de custodia de monedas virtuales, a separar los activos de los clientes, de los suyos propios, de manera de proteger a los usuarios.