Hacienda retrasó hasta el 2024 la declaración de criptoactivos

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La semana pasada, el Ministerio de Hacienda y Función Pública español, decidió retrasar hasta el año 2024, las nuevas obligaciones informativas a la Agencia Tributaria sobre la tenencia de monedas virtuales o criptomonedas, la cual fue aprobada a mediados de 2022 y que estaba prevista que entrara en vigor para este mes de enero.

Hacienda indicó que el retraso se debe por no haberse publicado los correspondientes modelos, en virtud de no estar terminado el “reglamento” que desarrolla el Proyecto de Real Decreto de la Ley de Lucha Contra el Fraude el cual establece la obligatoriedad de presentar estas declaraciones informativas.

Estaba previsto que la obligación informativa de la tenencia de criptomonedas, tuviera efectos en la declaración de los saldos y actividades producidos durante el ejercicio de 2022, un año que ha sido hasta ahora, uno de los peores que han vivido el ecosistema, con pérdidas de valor sólo para bitcoin (BTC), que se sitúan en más del 71%.

Sin embargo, la declaración que fue postergada hasta el 2024 por decisión de Hacienda, no modifica la obligatoriedad de la información exigible actualmente sobre criptomonedas en los modelos de declaración vigentes, como puede ser el relativo al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

De hecho, como ya es conocido, existe una obligación por parte de las personas y entidades que proporcionen servicios de intermediación, salvaguarda de claves criptográficas o cambio entre los criptoactivos y/o monedas fiduciarias o entre diferentes criptomonedas, de presentar estas declaraciones cada año.

Además, Hacienda ha hecho énfasis en recordar que los usuarios de este tipo de criptoactivos, deben notificar las ganancias obtenidas en la operación con criptomonedas, las cuales están sujetas al pago de IRPF, por lo que tienen que informarse en la declaración de la renta.

Y es que de acuerdo a la Agencia Tributaria, los modelos objeto de esta prórroga son el 172, el 173 y el 721, que habían sido diseñados para que todos los agentes que participan en la cadena de las criptomonedas declararan los saldos y operaciones en España, así como también la tenencia de criptoactivos en el extranjero.

Las nuevas declaraciones que son de carácter anual, deben ser presentadas de forma telemática en enero del ejercicio siguiente, con información sobre las operaciones de todos los usuarios que hayan tenido u operado con criptomonedas el año anterior.

En base a ello, todos aquellos creadores, agencias de cambio, monederos virtuales, Exchanges y Wallets, servicios de custodia de claves, proveedores de servicios y otros operadores de la industria, tendrían que emplear los modelos antes señalados para declarar los saldos y tenencia de criptoactivos en 2024, informando la cantidad y su correspondiente valor en euros.

Estos borradores exigían a todos estos agentes, una importante cantidad de información relacionada con la tenencia y operaciones con criptomonedas, que supuestamente buscaba mejorar el control fiscal de los hechos imponibles que puedan derivarse de las mismas.

La evaluación normativa de estos borradores, se postergó luego de un informe de la Agencia de Protección de Datos, que analizó el impacto de los modelos y el reglamento de la Ley de Lucha Contra el Fraude. Debido a ello, está pendiente por la realización de cambios a la información solicitada por Hacienda, retrasando su publicación definitiva en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Como se recordará, todos estos cambios comenzaron el año pasado cuando Hacienda preparó cambios para la declaración de este 2023. Según lo previsto, entraría en vigor a partir del 1 de enero de 2023, la obligatoriedad de informar la tenencia de monedas virtuales, las ganancias y el saldo de cada uno de los criptoactivos que posea el contribuyente y su conversión en euros.

Hacienda informó a mediados de 2021, que con la desaparición del Modelo 720, se modificarían las obligaciones tributarias relacionadas con las monedas virtuales. Para ello, se creó el nuevo modelo 721 que sustituiría el modelo anterior.

Entre los nuevos cambios que creó Hacienda, incluyó la obligación de los contribuyentes de informar en el momento en que se obtenían ganancias en las transacciones con monedas virtuales, pero también añadió la obligación de informar sobre los saldos de monedas virtuales.

Hacienda con estos cambios, exigió que se haga la conversión en euros de los saldos que se tengan en las principales plataformas de negociación, teniendo en cuenta la cotización media de los saldos de las monedas virtuales, al cierre de cada 31 de diciembre.

Además, Hacienda contempló en los borradores, exigir que los contribuyentes informen sobre los distintos movimientos de las operaciones con las monedas virtuales, la fecha de operación y las direcciones públicas de origen y destino asociadas a las criptomonedas recibidas o entregadas, la cual es una información a juicio de muchos, excesivamente intrusiva.

Básicamente Hacienda, requerirá un informe bastante detallado de todas las transacciones que realicen los contribuyentes con sus monedas virtuales, dejando registrado incluso el tipo de criptomoneda adquirida y su valor equivalente en euros, así como las comisiones asociadas.

De acuerdo a la Agencia Tributaria, ya se poseen datos suficientes sobre el mercado de criptomonedas en España, el cual en 2021, registró más de 35.000 declaraciones, que informaron ganancias derivadas de operaciones con criptoactivos por varios millones de euros, cifra que se proyectaba que aumentaría en la campaña de 2022, que debía ser presentada en este año.

Ahora, tras el retraso de esta normativa tributaria, Hacienda esperará que entre en vigor el mismo año que lo hace el Reglamento de los Mercados en los Criptoactivos o ‘Markets in Crypto Assets’, mejor conocido como MiCA en la Unión Europea y que el mercado de criptomonedas logre un mejor desempeño en 2023.

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