Banco Central de Brasil emite nuevas normas para la Criptoindustria en ese país

Banco Central de Brasil emite nuevas normas para la Criptoindustria en ese país

Este lunes, el Banco Central de Brasil (BCB), ha desvelado un conjunto de tres resoluciones que, establecen un marco regulatorio estricto, detallado y de alto cumplimiento para todas las empresas de criptomonedas que deseen operar en el territorio brasileño.

Este nuevo paquete normativo, que entrará en vigor el 2 de febrero de 2026, eleva significativamente el listón para la industria cripto, exigiendo estándares de solidez financiera y cumplimiento institucional que hasta ahora estaban reservados para la banca tradicional y grandes fintechs.

Básicamente, el BCB como máxima autoridad monetaria de ese país, ha cimentado el nuevo marco sobre tres pilares fundamentales: la Resolución BCB N.º 519, que define la figura y las obligaciones de las nuevas entidades; la Resolución BCB N.º 520, que establece el riguroso proceso de licenciamiento; y la Resolución BCB N.º 521, que integra las transacciones cripto en el mercado de cambio oficial.

El primer pilar es la Resolución BCB N.º 519, donde se establecen nuevos requisitos de Capital para operar en el país es, sin duda, la más impactante del trío regulatorio, ya que crea la figura legal de la Sociedad Prestadora de Servicios de Activos Virtuales (SPSAV) y define sus responsabilidades.

El punto más polémico y definitorio de la Resolución 519 es la imposición de un capital mínimo obligatorio. El Director de Regulación del Banco Central, Gilneu Vivan, anunció que el capital requerido oscilará entre 10,8 millones de reales brasileños o (BRL) y 37,2 millones de reales brasileños, dependiendo de la complejidad y el alcance de las actividades de la SPSAV.

Este rango de capital es una escalada espectacular respecto a las cifras que el propio BCB había manejado durante la consulta pública. Originalmente, se barajaban umbrales de R$ 1 millón (para intermediarios), 2 millones de reales brasileños (para custodios) y 3 millones de reales brasileños (para corredores). Un incremento de casi diez veces ha tomado por sorpresa al sector.

Banco Central de Brasil emite nuevas normas para la Criptoindustria en ese país

El BCB justificó esta drástica subida con la necesidad de “combinar innovación y seguridad”. Aunque, la lógica detrás de este capital de reserva es doble, por un lado el Riesgo Tecnológico y Operacional y por el otro, Cumplimiento de PLD/FT.

El primero, el Riesgo Tecnológico y Operacional es aquel en el mercado cripto, que depende de tecnología sofisticada y ofrecer servicios 24/7, está inherentemente expuesto a riesgos de ciberseguridad, fallos de smart contracts y errores operativos. Un capital elevado garantiza que la empresa puede absorber pérdidas inesperadas sin poner en peligro los activos de los clientes.

Y en segundo lugar, el Cumplimiento de PLD/FT, que se impone a las empresas de criptoactivos están en la primera línea de la prevención del lavado de dinero y la financiación del terrorismo en el territorio brasileño.

El capital debe respaldar no solo las operaciones, sino también las infraestructuras de compliance necesarias para identificar, clasificar y reportar riesgos, una tarea costosa y de alta exigencia tecnológica.

Además del músculo financiero, la resolución 519 impone pautas como la Segregación Patrimonial, que es una medida fundamental de protección al consumidor, que exige a las SPSAVs, que deben mantener una estricta separación entre su propio capital y los activos virtuales o fiduciarios de sus clientes.

Igualmente, impone Controles Rigurosos, mediante una extensión del marco normativo de gobernanza, controles internos y ciberseguridad aplicable a otras instituciones financieras bajo la supervisión del BCB.

Esta sección de la normativa actúa como un filtro robusto, asegurando que solo los actores con una solidez financiera y operativa comprobada puedan permanecer o entrar en el mercado brasileño.

El segundo pilar es Resolución BCB N.º 520, relacionada con el Licenciamiento y Gobernanza, complementa la anterior al definir el camino formal para convertirse en una SPSAV. Esta resolución se centra en los procesos de autorización y la idoneidad de los responsables.

Cualquier empresa que busque operar como SPSAV a partir de febrero de 2026 debe someterse a un riguroso proceso de licenciamiento. Para las empresas ya establecidas, la normativa es clara: tienen un período de adaptación de nueve meses a partir de la entrada en vigor para presentar toda la documentación y demostrar el cumplimiento de los nuevos requisitos.

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Asimismo, la Resolución BCB N.º 520 hace hincapié en la transparencia y la idoneidad de los administradores y controladores. Se establece la Vigilancia de Controladores, en la cual el BCB exige información detallada sobre los interesados en asumir el control de estas instituciones.

Este proceso incluye la divulgación pública de los nombres, permitiendo la presentación de objeciones por parte de terceros, un mecanismo que refuerza la due diligence de la autoridad financiera de Brasil.

También, regula el Gobierno Corporativo, mediante el establecimiento de reglas para la duración de los mandatos de los administradores (no más de cuatro años), alineando la estructura corporativa de las SPSAVs con la de otras instituciones reguladas.

De esta forma, la Resolución BCB N.º 520 garantiza que no solo la institución sea solvente lo se establece en la Resolución BCB N.º 519, sino también que sus líderes y estructuras de gobierno sean confiables y transparentes

Y por último, el tercer pilar es la Resolución BCB N.º 521, relacionada con el Mercado de Cambio y Capitales, la cual es la pieza que cierra el círculo al integrar las actividades cripto de alcance global dentro de las regulaciones cambiarias brasileñas.

Esta norma modifica resoluciones previas para clasificar ciertas operaciones con activos virtuales como operaciones del mercado de cambio o de capitales internacionales, generando un impacto es directo en las stablecoins y Pagos Transfronterizos y los Flujos de Inversión.

Y es el que uso de las stablecoins y otras criptomonedas para realizar pagos o transferencias internacionales ya no podrá operar en una “zona gris”, por lo que, estas transacciones también deben ser monitoreadas y reportadas.

Por otro lado, los flujos de inversión extranjera que utilicen activos virtuales, ya sea de capital brasileño al exterior o de capital extranjero a Brasil, quedan sujetos a las normativas de registro de capitales del BCB.

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Es así como la Resolución BCB N.º 521, exige que las instituciones autorizadas a operar en el mercado de cambio (que ahora incluirán a las SPSAVs) reporten información detallada sobre estas operaciones al BCB con una periodicidad mensual.

Esto proporciona a la autoridad monetaria una visibilidad sin precedentes sobre la salida y entrada de capital a través de canales cripto, un paso crucial para la seguridad macroeconómica y la estabilidad financiera.

Pero no todas las regulaciones han sido bienvenido por la criptoindustria, ya que la respuesta del sector ha sido de reconocimiento de la necesidad regulatoria, pero con serias objeciones a la velocidad y magnitud de las exigencias.

Bernardo Srur, presidente de ABCripto (Asociación Brasileña de Criptoeconomía), que fue entrevistado por algunos medios brasileños, calificó el marco como “positivo y necesario”, pero criticó abiertamente el capital mínimo requerido y el corto período de adaptación.

Obviamente, los críticos apuntan contra los requisitos de capital impuestos por el BCB, los cuales actúan como una barrera de entrada casi infranqueable para startups y pequeños criptointercambios locales.

Esto inevitablemente conducirá a una consolidación del mercado, donde las grandes corporaciones nacionales o los gigantes globales con bolsillos profundos serán los únicos capaces de obtener la licencia.

Aunque, de cara al usuario final, la noticia es positiva, ya que al operar con una SPSAV autorizada significa que la plataforma es solvente, está auditada por el BCB, y cuenta con mecanismos obligatorios de ciberseguridad y protección de activos.

De igual forma, la regulación firme y clara posiciona a Brasil como un país de alto cumplimiento, atrayendo a operadores institucionales y fondos de inversión globales que buscan la certeza regulatoria antes de inyectar capital a gran escala.

En todo caso, las empresas ya operativas tienen hasta noviembre de 2026 (nueve meses desde febrero) para cumplir con todos los requisitos: demostrar capital, implementar controles de PLD/FT de nivel bancario, y establecer la nueva estructura corporativa, un plazo extremadamente ajustado para una transformación de tal magnitud.

Para algunos, el Banco Central de Brasil ha dado un golpe de timón histórico, priorizando la seguridad y la solidez institucional sobre la rápida proliferación de actores, dentro del nuevo ecosistema cripto brasileño, que a partir de 2026, será más seguro, más centralizado y, sin duda, más costoso de operar, debido a que el mercado cripto ha madurado forzosamente en Brasil.

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