El pasado jueves, el Senado de Arizona aprobó un proyecto de ley “revivido” que permitiría al estado gestionar criptomonedas incautadas y establecer un “Fondo de Reserva de Bitcoin y Activos Digitales” de ese estado, mediante la confiscación de activos criminales, con la aprobación del Proyecto de Ley de la Cámara 2324 (HB 2324).
Dicho Proyecto de Ley HB 2324, impulsado por el presidente del Comité de Comercio de la Cámara de Representantes, Jeff Weninger, ha sido aprobado en el Senado por un margen de 16-14, para permitir utilizar los activos digitales incautados en investigaciones criminales en Arizona, los cuales pasarían a ser incluidos en el Fondo de Reserva de Bitcoin y Activos Digitales supervisado por el tesorero estatal.
Además, dicho proyecto, establece las opciones necesarias para el almacenamiento de los activos incautados en billeteras aprobadas por el estado, y que posteriormente podrían ser vendidos a través de criptointercambios con licencia, o retener los activos en su forma nativa dependiendo de las condiciones del mercado y de seguridad.
Vale destacar que inicialmente, este proyecto que habría sido introducido en febrero, terminó siendo rechazado en mayo al acumular una votación 26-32 (Si/No) en una votación en la Cámara, lo que obligó a realizarle enmiendas para añadir las “mociones para reconsiderar”, que una vez listas permitió que la HB 2324 volviera a pasar el proceso de revisión en el Congreso estatal de Arizona.
La aprobación de la HB 2324, se ha convertido en un paso más hacia el definitivo reconocimiento legal de las criptomonedas en ese estado, junto al Proyecto de Ley de la Cámara HB 2387 “que introdujo estrictos requisitos de divulgación de riesgos para los operadores de quioscos (ATM) de criptomonedas” y el Proyecto de Ley de la Cámara HB 2749 “que permite al estado reclamar la propiedad de activos digitales no reclamados”.
Básicamente esto significa que Arizona con esta nueva aprobación está estableciendo un marco legal para el manejo de activos digitales, lo cual es un paso más hacia la formalización de las criptomonedas dentro del sistema legal del estado.

En la creación del llamado “Fondo de Reserva de Bitcoin y Activos Digitales” para almacenar y gestionar las criptomonedas incautadas, no se utilizaría dinero de los contribuyentes, sino que provendría de los activos digitales confiscados en Arizona.
Del mismo modo el Proyecto de Ley HB 2324, permitiría al estado conservar criptomonedas no reclamadas (después de un período de inactividad, generalmente tres años) y también las incautadas en casos criminales. Los custodios del estado podrían incluso “stake” estas criptomonedas para obtener recompensas o airdrops, que luego se depositarían en el fondo.
Si bien es cierto, que la Gobernadora demócrata de Arizona, Katie Hobbs, ha vetado anteriormente otros proyectos de ley más amplios que permitían al estado invertir directamente fondos públicos en Bitcoin (BTC), esta ley específica se enfoca en los activos digitales incautados y no reclamados, lo que sugiere un enfoque más cauteloso pero de todas maneras, sigue siendo considerada una incursión estatal en la gestión de criptoactivos.
Por ello, en esta ley actual los legisladores se han enfocado exclusivamente en activos incautados y no reclamados, para evitar el uso de dinero de los contribuyentes para este fondo y que la gobernadora Hobbs vete esta nueva ley.
Obviamente, la institucionalización de un marco legal, también significa que las autoridades tienen de Arizona ahora herramientas más claras para controlar los ATM identificar, reclamar, incautar y gestionar criptomonedas en ciertas circunstancias para darles uso en un fondo público que constituirá la reserva de Bitcoin y criptomonedas de ese estado.
De acuerdo al Proyecto de Ley HB 2324, las criptomonedas pueden ser incautadas a los usuarios en Arizona principalmente a través de procesos de confiscación de activos (asset forfeiture), particularmente en casos relacionados con actividades criminales.
En caso que, las criptomonedas estén directamente relacionadas con un delito (por ejemplo, lavado de dinero, tráfico de drogas, fraude, etc.), pueden ser incautadas como producto o instrumento del crimen.

Tan sólo se necesita que un tribunal estatal ordene la confiscación de cualquier activo digital propiedad de una persona condenada por un delito, si se demuestra que dichos activos digitales fueron utilizados en un crimen, fueron adquiridos a través de una operación criminal, o si estos fondos han sido rastreados en la comisión de un delito, tal y como se solicitó introducir en la enmienda.
Como anteriormente, la gobernadora de Arizona había firmado la Ley HB 2749, que permite a ese estado reclamar la propiedad de activos digitales que hayan sido abandonados por al menos tres años, lo que ocurre si el propietario no responde a las comunicaciones o si las comunicaciones se devuelven como imposibles de entregar, esta vía también se suma a las formas de incautación de activos digitales para ser añadidos al fondo de reserva del estado.
Entre las formas de incautación, las autoridades podrían intentar obtener acceso a las claves privadas, frases de seguridad u otros mecanismos de acceso a las criptomonedas si tienen una orden judicial y la autoridad legal para hacerlo.
Aunque, también podrían realizar el aseguramiento de billeteras digitales, a través de la tecnología blockchain o transfiriendo los activos digitales a una billetera o plataforma digital segura aprobada por el estado. Igualmente, podría cooperar con criptointercambios y custodios, para facilitar incautaciones, bajo órdenes judiciales, pueden congelar o transferir los fondos.
Es importante destacar que el proceso de incautación generalmente requiere una causa probable y, en muchos casos, una orden judicial, especialmente en el contexto de investigaciones criminales.
No obstante, el “Fondo de Reserva de Bitcoin y Activos Digitales” de Arizona se establecerá principalmente con criptomonedas incautadas en investigaciones criminales o aquellas consideradas como propiedad abandonada/no reclamada.
Según el plan previsto en el Proyecto de Ley HB 2324, se ha creado un modelo de distribución, que contempla que por ejemplo, los primeros 300.000 dólares de cada incautación irían a la Oficina del Fiscal General.
Cualquier cantidad que supere ese monto se dividiría: 50% para el fondo rotatorio anti-crimen organizado de Arizona, 25% para el fondo general del estado, y el 25% restante para el recién propuesto Fondo de Reserva de Bitcoin y Activos Digitales.
En concreto, el objetivo principal es utilizar los activos digitales que ya están bajo la custodia del estado (por incautación o abandono) para crear esta reserva, sin destinar fondos fiscales tradicionales a la compra de criptomonedas.

